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¿Es obligatorio trabajar el lunes de Pentecostés?
El lunes de Pentecostés cae este año el 28 de mayo. Con el principio del día de solidaridad instaurado desde 2005, ya no es un día festivo. Entonces, ¿se trabaja o no? Aquí están las disposiciones propuestas a los empleadores y a los empleados.
Trabajar el lunes de Pentecostés no es obligatorio para todos. Se han realizado algunos ajustes a la ley del 30 de junio de 2004, explica Alexandre Demeyere, abogado del colegio de Lille (bufete Duel). La idea común es que este día denominado de solidaridad a favor de las personas mayores y de las personas con discapacidad - un día de trabajo adicional para los empleados y una contribución financiera del 0,3 % a cargo de los empleadores - está necesariamente fijado para el lunes de Pentecostés. Y muchos empleados se preparan para trabajar de manera "solidaria" este lunes 28 de mayo de 2007. Eso desconoce el espíritu de la ley y sobre todo el de las circulares que se han publicado a raíz del descontento de los aficionados del mes de junio. » Aquí está lo que se debe saber.
Obligar a un empleado a tomar un día de RTT o de vacaciones pagadas el día del lunes de Pentecostés solo es posible si hay un acuerdo empresarial firmado con los delegados sindicales o un acuerdo de rama. En la práctica, los empleados toman un día de RTT por su propia iniciativa, y hasta la fecha, constata Alain Sutra, abogado en derecho social, no hay litigo conocido ante los Prud'hommes.
– La elección de otro día "de solidaridad" que no sea el lunes de Pentecostés es posible. « De hecho, la circular del 16 de diciembre de 2004 relativa a esta ley confirma el principio de la fijación del día de solidaridad mediante acuerdos de rama o de empresa, e incluso, si se da el caso, mediante acuerdo de establecimiento. Y esto solo es posible en ausencia de un acuerdo colectivo que el día de solidaridad se fije para el lunes de Pentecostés. »
– El día de solidaridad puede dividirse. « La circular del 22 de noviembre de 2005 va aún más lejos al hacer más accesible la división en horas del día de solidaridad (que comprende siete horas). La circular precisa, de hecho, que si la elección del día de solidaridad es decidida por acuerdo colectivo, esta división corre a cargo de los socios sociales que pueden, si lo consideran útil, inscribirlo en el acuerdo. La única exigencia planteada por la circular es que la división sea efectiva y corresponda a un trabajo de siete horas al año correspondiente al esfuerzo que se exige en nombre de la solidaridad nacional. La división es, por lo tanto, una solución interesante, que puede permitir salvar tanto el beneficio del lunes de Pentecostés sin sacrificar un día completo. »
- Otra solución: el empleador también puede decidir de manera unilateral cerrar la empresa ese día, para ofrecer a sus empleados la posibilidad de un fin de semana largo. En este caso, precisa Alain Sutra, en ausencia de un acuerdo empresarial como ocurre en la mayoría de las TPE, si el jefe decide no hacer trabajar a sus empleados el lunes de Pentecostés, este día vuelve a ser para ellos un día festivo y remunerado. Además, deberá pagar su contribución del 0,3 % en concepto del día de solidaridad autonomía.
https://lentreprise.lexpress.fr/gestion-fiscalite/ Para el empleado, el día de solidaridad toma la forma de un día adicional de trabajo no remunerado y para los empleadores, de una contribución financiera del 0,30 % sobre la totalidad de las remuneraciones. No están afectados los comerciantes y las personas que ejercen una profesión liberal. A modo de recordatorio, este día es en beneficio de la autonomía de las personas mayores y con discapacidad…
https://www.francetelevisions.fr/ http://www.travail.gouv.fr/informations-pratiques/fiches-pratiques/duree-du-travail/journee-solidarite-1021.html?var_recherche=journ%E9e
A++
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^^Marie^^